
"Por unanimidad y definitivamente el Congreso de los Diputados aprobó la reforma de la Ley de Morosidad que establece que a partir de 2013 los pagos entre empresas se cifrará en 60 días mientras que las distintas administraciones deberán hacer efectivos los pagos a sus proveedores de mercancías y servicios en los 30 días siguientes. Al mismo tiempo los autónomos y las pymes ya pueden solicitar los prestamos del Instituto de Crédito Oficial que el propio ICO concede directamente hasta un límite de 200.000 euros, un instrumento que el Gobierno considera que es imprescindible para que las empresas consigan liquidez.
Morosidad y liquidez, dos años después de que comenzara la crisis económica, siguen siendo los principales problemas que tienen que afrontar las pequeñas y medianas empresas y que han sido la causa de la desaparición de la mayor parte de ellas en este tiempo
En el caso de la Ley de Morosidad aprobada definitivamente por el Congreso tras las enmiendas introducidas en el Senado, y para las Administraciones Públicas, se establece un período transitorio para que se reduzca el plazo de pago a las empresas: a 55 días desde su entrada en vigor; a 50 días desde el 1 de enero de 2011; a 40 días en 2012, y a 30 días en 2013.
Mientras tanto, en el sector privado los plazos para realizar los pagos serán los siguientes: 85 días desde la entrada en vigor de la reforma; en 75 días a partir de enero de 2012, y en 60 días a partir de enero de 2013.
En todos los casos, el plazo para realizar los pagos comenzará a contar a partir de la entrega de los bienes o de la prestación de los servicios, y no desde la fecha de emisión de la factura.
La ley contiene dos aspectos importantes para las pymes, la primera, que la los pagos de productos de alimentación frescos y perecederos no excederán en ningún caso los 30 días; y la segunda, que la ley será de aplicación a todos los contratos celebrados con posterioridad a su entrada en vigor y los contratos ya firmados deberán ser adaptados en un plazo de tres meses.
Otro aspecto muy relevante en este mismo sentido es que se suprime la alternativa de pacto entre las partes, una posibilidad que ha sido aprovechada hasta ahora por las grandes empresas para alargar los plazos de pago, siendo generalmente las pymes las empresas más perjudicadas. Si no se hubiera introducido esa cautela en la ley se habría desvirtuado su efecto por cuanto las pymes sufren en buena parte en sus balances por la decisión de las empresas potentes a las que prestan sus servicios que establecen a veces condiciones leoninas a sus proveedores dada su facilidad para cambiarlos dada la situación del mercado.
La norma establece procedimientos para hacer efectivas las deudas de los poderes públicos, la obligatoriedad de informes periódicos y un nuevo registro de facturas en las Administraciones locales. En esta dirección, y fue una de las principales enmiendas introducidas en el Senado para rebajar la morosidad de las administraciones públicas con las pymes, especialmente la local, es el mandato para que en el plazo de 30 días el Gobierno instrumente a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), una línea de crédito directa para entidades locales para facilitar el pago de deudas firmes e impagadas a empresas y autónomos con anterioridad al 30 de abril de 2010."
EN PORTADA EN LA REVISTA TODO PYME SOLUCIONES EMPRESARIALES 20-07-2010
Juan José Boix Forteza empresario y gerente de la Corruduría BOIX Brokers Consultores y de la Web Mercaseguros.com considera que esta medida sería muy buena y hubiera servido para reactivar la actividad empresarial siempre y cuando los plazos de aplicación de la misma hubiesen sido mucho más cortos.
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